lunes, 1 de marzo de 2021

Cómo funcionar el desahucio cuando el inquilino no paga el alquiler


En los arrendamientos de inmuebles, bien sea para uso de vivienda o para uso comercial, como es el caso de montar un negocio en dicha propiedad, el arrendador puede realmente llegar a demandar al inquilino para que el juez condene al arrendatario al pago correspondiente de las rentas que hasta ahora han sido impagadas, así mismo como al pago de las cantidades asimiladas a la renta o en su defecto de las cantidades cuyo pago hubiera asumido el arrendatario y a que abandone de inmediato la propiedad, de tal forma que en este caso el arrendador puede recuperar la posesión de la propiedad en poco tiempo.

Cabe señalar desde ya que las cantidades asimiladas a la renta y las cantidades cuyo pago hubiera sido directamente asumido el arrendatario resultan ser aquellos importes que debe pagar el inquilino como tal, pero que al mismo tiempo estos no corresponden a la renta o precio del alquiler, sino a los servicios básicos, como el agua, luz, gas, internet, entre otros, como también la tasa municipal por el servicio de recogida de basuras, el impuesto sobre bienes inmuebles etcétera.

Así que cuando el arrendatario no paga estos importes o por algún motivo deja de pagar la renta (alquiler de la propiedad en cuestión), el arrendador puede fácilmente acudir a la vía judicial para pedir legalmente que se condene al inquilino al pago de estos importes y que además se obligue al mismo a desalojar el inmueble alquilado cuanto antes, en este punto cabe señalar que este desalojo del inmueble se conoce jurídicamente por el nombre de desahucio, y en JR Abogados resultan ser verdaderos especialistas en desahucio locales comerciales como de inquilinos y okupas.

Por lo que si ustedes se ven en la situación de que han alquilado alguna propiedad y el inquilino se atrasa muchísimo con el pago del alquiler e incluso este ni siquiera se ha hecho cargo del pago de los servicios básicos, entre otros pagos correspondientes, ustedes pueden contratar abogados de la talla de JR Abogados para que procedan con el desahucio correspondiente.

Pero antes de contratar un abogado para ello tengan en cuenta que no siempre se consigue el desahucio o desalojo del inquilino, y esto sucede por los motivos que vamos a señalar a continuación:

Posibilidad del arrendatario de impedir el desalojo de la propiedad o enervación de la acción de desahucio, si bien es cierto que el propietario puede hacer que el juez desaloje al inquilino cuando este deja de pagar el alquiler de la propiedad como de los servicios básicos, entre otros pagos, la ley protege al inquilino, y por ende en muchos casos solo se confiere la posibilidad de pagar el importe que reclama el arrendador, por lo que el inquilino puede seguir utilizando la propiedad bajo las mismas condiciones que venían rigiendo el arrendatario.

Pero cuando el arrendador demanda al inquilino y por ende solicita a tiempo el desahucio, el juzgado comprueba que la demanda cumple realmente con los requisitos legales, este admite a trámite la demanda, así que le da un plazo al arrendatario para que en un lazo de 10 días desaloje el inmueble.

Además en el caso de que el inquilino pretenda evitar el desalojo del inmueble, pague entonces la totalidad de las cantidades adeudadas o en su defecto ponga a disposición del arrendador en el tribunal o claramente ante notario el total de las cantidades reclamadas en dicha demanda y las que adeude en ese momento, este evitará ser desalojado de la propiedad, por lo que tendrá derecho de seguir en el inmueble, pero si en un futuro cercano o lejano vuelves a solicitar el desahucio este ya no podrá impedir el desalojo del inmueble, así que será en este caso obligado a abandonar la propiedad.